Plan Retorno - Puentes Festivos 2026

Pico y Placa Regional
Ingreso a Bogotá

Consulte las restricciones de movilidad para el ingreso de vehículos particulares en los 9 corredores de la capital durante los últimos días de puente festivo.

Franja Mediodía

12:00 PM a 4:00 PM

Únicamente se permite el ingreso a Bogotá de vehículos particulares con placas terminadas en número **PAR (0, 2, 4, 6 y 8)**.

Franja Tarde

4:00 PM a 8:00 PM

Únicamente se permite el ingreso a Bogotá de vehículos particulares con placas terminadas en número **IMPAR (1, 3, 5, 7 y 9)**.

Municipios Coadyuvantes y Cobertura Regional

Si transitas desde o hacia cualquiera de estos municipios de la Sabana y Región Metropolitana, recuerda que la restricción aplica estrictamente en el límite de ingreso al perímetro urbano de Bogotá.

¿Cómo opera el Pico y Placa Regional en el Distrito Capital?

Regulado por el Decreto No. 002 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, el Pico y Placa Regional se ejecuta de forma obligatoria los últimos días de todos los puentes festivos del año. Esta medida busca agilizar el flujo automotor de los viajeros que retornan a la ciudad y fue concertada de manera conjunta entre la Gobernación de Cundinamarca y los alcaldes de las sábanas circundantes.

Es indispensable recordar que **antes de las 12:00 del mediodía y después de las 8:00 de la noche**, la circulación de vehículos particulares es totalmente libre en todos los corredores de entrada sin importar el último dígito de la matrícula.

⚠️ Advertencia sobre el Pico y Placa Solidario

Para la medida de Pico y Placa Regional durante el ingreso de puentes festivos, **NO aplica la excepción de Pico y Placa Solidario**. Aunque hayas pagado el permiso diario, semanal o mensual para circular ordinariamente en Bogotá, deberás acogerte estrictamente a los horarios de restricción del plan retorno.

🗺️

Los 9 Corredores Viales de Ingreso Obligatorio

El monitoreo por cámaras automáticas e inspectores de tránsito en vía opera restrictivamente en los perímetros delimitados de los siguientes nueve accesos nacionales:

Acceso 1

Autopista Norte

Desde el peaje Andes hasta el portal Norte

Acceso 2

Autopista Sur

Desde el límite con Soacha hasta la Av. Boyacá

Acceso 3

Avenida Centenario (Calle 13)

Desde el Río Bogotá hasta la Av. Ciudad de Cali

Acceso 4

Avenida Calle 80

Desde el puente de Guadua hasta el Portal 80

Acceso 5

Avenida Carrera 7

Desde la calle 245 hasta la calle 183

Acceso 6

Avenida Boyacá (Vía al Llano)

Desde el túnel Argelino Durán hasta la antigua vía

Acceso 7

Vía Suba Cota

Desde el Río Bogotá hasta la Av. Calle 170

Acceso 8

Vía La Calera

Desde el peaje Patios hasta la Carrera 7

Acceso 9

Vía a Choachí

Desde la vía a Monserrate hasta la Av. Circunvalar

Excepciones Oficiales de Ingreso (Decreto 002)

Únicamente los vehículos que cumplan con los parámetros técnicos de bajas emisiones o que se encuentren en las categorías de servicio básico de ley están autorizados para omitir las restricciones viales:

  • ⚡ Vehículos Eléctricos e Híbridos
  • 🏍️ Motocicletas (Paso libre total)
  • 🚑 Ambulancias y Cuerpos de Socorro
  • ♿ Vehículos para Discapacidad Inscritos
  • 🚌 Transporte Escolar Homologado
  • 🚗 Carrozas Fúnebres o Mortuorias

Preguntas Frecuentes del Ingreso Regional

¿Qué pasa si llego a un punto de control vial antes de las 12:00 del mediodía?

Puede ingresar sin restricciones. Hasta las 11:59 AM del lunes festivo (o domingo de plan retorno), el tránsito por los 9 corredores de entrada a Bogotá es libre para todas las placas.

¿Los vehículos híbridos necesitan inscripción previa para estar exentos en el ingreso regional?

Sí, todo vehículo híbrido debe contar con su registro activo y vigente ante la plataforma de excepciones de la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá para evitar que las cámaras generen la fotomulta automática.

¿La medida aplica si voy de paso hacia otra ciudad sin alojarme en Bogotá?

Sí, aplica obligatoriamente. Como el flujo de la red de carreteras nacionales cruza directamente los accesos urbanos distritales, cualquier vehículo de paso debe acatar el esquema de horas pares e impares.

¿Qué ocurre si parqueo a un lado de la carretera a esperar que cambie mi hora de placa?

Estacionar sobre las bermas de los corredores de entrada nacionales está prohibido por el Código de Tránsito y puede acarrear sanciones adicionales por mal parqueo aplicadas por las patrullas viales.